Delito de conducción bajo los efectos del alcohol en Asturias

Has dado positivo en la prueba de alcoholemia, aquí te explicamos lo que tienes que saber

Te han hecho la prueba de alcohol en Asturias y has dado positivo... debes ponerte en contacto con un abogado cuanto antes.

Ya sea por controles rutinarios, en accidentes, o porque los agentes de policía han decidido pararte mientras ibas conduciendo y te han realizado la prueba, debes saber:

El delito bajo los efectos del alcohol, o de alcoholemia, es considerado delito cuando supera 0,60 mg en aire espirado. La prueba se realiza con un etilómetro y debe hacerse varias veces para asegurar que se supera la tasa, ya que de lo contrario, debería ser sancionado como multa y no denunciado como delito. También puede hacerse mediante la extracción de sangre, pero es el conductor quien debe autorizarlo, de no hacerlo y no hacer tampoco el de aire espirado, se considerará una negativa a someterse a esta prueba y será denunciado también como delito aunque no haya dato de alcohol en sangre o aire espirado.

En la práctica, los agentes de policía siempre ponen en el atestado que el conductor titubeaba, perdía el equilibrio, que olía a alcohol, etc., por lo que aunque en muchos casos no superen los 0,60 mg en aire espirado, lo denuncian como delito de conducción bajo los efectos del alcohol, atendiendo a estas circunstancias. 

Si el conductor se niega a soplar por el etilómetro, o, le cuesta muchísimo, por problemas de asma por ejemplo, se le añade otro delito en el atestado de delito de desobediencia policial.

En otros escenarios, también se añade el delito de atentado contra la autoridad, porque consideran que has menoscabado su autoridad, y ahí el problema se multiplica.

Lo que recomendamos es que no te niegues NUNCA a someterte la prueba de alcoholemia, y, des lo que des, te pongas en contacto con un abogado experto en juicios rápidos que te asista de principio a fin.

Lo normal es que te citen pronto para el juicio rápido y ahí deberás ir asistido de un abogado para que negocie la mejor reducción de la pena, ya que este tipo de delitos si has dado 0,60mg o más, no se luchan en juicio, sino que se intenta reducir la pena lo máximo posible al cliente.

La diferencia de ir asistido con un buen abogado es la pena que se te ponga, e incluso la exclusión de otros delitos que se te hayan añadido en tu atestado.

Debes saber, que, en cualquier caso la pena incluye la retirada del carnet por un determinado tiempo, que, una vez transcurrido el mismo, se recuperará.

También incluye una multa que el cliente debe pagar al estado, y, si hay daños materiales o personales, además incluye el abono de responsabilidad civil.

La multa es muy importante abonarla, ya que la ley establece que ante 2 cuotas diarias de multa impagadas se computa por un día de prisión, por eso, en este despacho recomendamos que se abone lo antes posible.

Un buen asesoramiento en este tipo de delitos puede concluir en retirada de carnet por un determinado tiempo y una multa, sin entrada en prisión. 

Si te han realizado la prueba y has dado positivo, no dudes en ponerte en contacto con un profesional.

 

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